Loyola Executive y APACSA continúan su estrecha colaboración para formar a profesionales en las novedades de la reestructuración y refinanciación de empresas

12/01/2024

Quince profesionales del sector de la banca, la abogacía y las finanzas comienzan una nueva etapa formativa con el Diploma de Especialización en Reestructuración y Refinanciación de Empresas.

Este programa, puesto en marcha por Loyola Executive, la Escuela de Negocios de la Universidad Loyola, y la Asociación de Administradores Concursales 'Sainz de Andino' (APACSA), ha arrancado su cuarta edición hoy, en el campus de Sevilla de la institución jesuita.

Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, que transpone la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, se puso en marcha el año pasado. De esta manera, Eduardo Gómez, director del programa, ha recordado a los nuevos participantes que “deben aprovechar el bagaje de la Ley, una gran ventaja en esta nueva edición”.

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Eduardo Gómez, Jesús Borjabad y Manuel Novo, durante la inauguración.

Por su parte, Jesús Borjabad, presidente de APACSA, también ha querido tener unas palabras durante la inauguración del curso. “Esta edición es un paso más en un proyecto que empezó hace cuatro años para solucionar los problemas que planteaban los operadores del sector de la insolvencia en cuanto a la ley y los procedimientos. Nació de la necesidad que tenemos como profesionales de la reestructuración y refinanciación de empresas de estar altamente formados y ser operativos”.

Susana Pérez, coordinadora Admisiones Executive Education de la Universidad Loyola, ha recordado que “uno de los mayores valores del programa es la sinergia y las posibilidades de networking entre los profesionales que imparten clase y los participantes del programa”.

Hacia un paradigma concursal.

Posteriormente, ha tenido lugar una sesión inaugural a cargo del magistrado del Tribunal Supremo Pedro José Vela Torres.

La reforma concursal del 2003 cambió, desde un punto de vista sistemático, el paradigma respecto a la regulación decimonónica hasta ese momento vigente. Tras la primera década de vigencia de la Ley Concursal, puesta a prueba de manera violentísima por las consecuencias de la crisis económica de 2008, comenzó a manifestarse un movimiento a favor de la introducción de cauces intermedios que dieran cabida a la negociación entre el deudor y sus acreedores sin someterse al rígido corsé del concurso.

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Eduardo Gómez y Pedro José Vela durante la sesión inaugural del Diploma de Reestructuración y Refinanciación de Empresas.

El sistema colapsó porque los deudores concursados acaban en liquidación en un 95% de los casos y el tiempo medio de tramitación de un concurso es superior a 4 años.  “Pese a las ilusiones con que se recibió el modelo concursal de 2003, veinte años después no queda más remedio que reconocer que su resultado fue insatisfactorio. Se reveló como lento y caro y, además, no facilitaba el cobro a los acreedores, ni el mantenimiento del tejido empresarial, ni la protección de los puestos de trabajo”, ha reconocido el magistrado.

La última tendencia a la que parece apuntarse el legislador reciente es el establecimiento de un derecho de la insolvencia eficiente, que no piensa solo en los acreedores, sino también en los inversores.

"Desde 2022, estamos evolucionando hacia un modelo anglosajón, en el que los acreedores son los dueños del procedimiento y tiene menor importancia el procedimiento judicial”.

Como resultado de todo ello, actualmente, el Derecho español de la insolvencia se desarrolla en tres grandes escenarios: el Derecho Preconcursal, el Derecho Concursal y el Derecho Paraconcursal. El primero, dedicado a las instituciones preventivas del concurso, en una línea ya introducida en el ordenamiento español a partir del año 2009. El segundo, regulador de la insolvencia concebida como procedimiento judicial, que supondría la continuación del modelo clásico, aunque ya no predominante. Y el tercero, relativo a determinados sectores económicos cuya liquidación podría conllevar riesgos sistémicos.

“Es pronto para saber si estas nuevas concepciones serán mejores y ofrecerán soluciones más ventajosas para el tratamiento de la insolvencia. Por ahora, sólo nos queda estudiarlas y aplicarlas. El tiempo, ese juez inexorable, se encargará de lo demás”, ha concluido el magistrado.

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