Reconocimiento y transferencia de créditos

En virtud del RD 1393/2007 y en la Normativa Académica General de la Universidad Loyola se establece el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos, en los términos dictados por el referido RD, que sustituye al sistema de adaptación y convalidación que rige en las titulaciones reguladas según ordenaciones precedentes.

El mismo RD 1393/2007, en su Artículo 6, dispone de forma imperativa que las Universidades elaborarán y harán pública su normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos, a fin de favorecer la movilidad de estudiantes.

 

Marco normativo de los estudios de Grado

Los candidatos admitidos en la Universidad Loyola podrán solicitar el reconocimiento de créditos cursados y aprobados en esta o en otra Universidad. Los expedientes de reconocimiento se tramitarán a solicitud del interesado. Según lo establecido en Real Decreto 861/2010, se entiende por reconocimiento la aceptación por la Universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en esta u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Solo se aceptará un único expediente por alumno y titulación, lo que implica que todas las asignaturas que se deseen reconocer deberán ser incluidas en la solicitud de reconocimiento.

  Normativa de transferencia y reconocimiento de créditos

 

Marco normativo de los estudios de Ciclos Formativos de Grado Superior

Los candidatos admitidos en la Universidad Loyola podrán solicitar el reconocimiento de créditos cursados y aprobados en un ciclo formativo.

Según lo establecido en Real Decreto 861/2010, se entiende por reconocimiento la aceptación por la Universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Los estudiantes procedentes de Ciclos Formativos de Grado Superior que estén en posesión del título de Técnico Superior podrán solicitar asimismo el reconocimiento de parte de los estudios realizados. Para más información sobre los créditos que se reconocen en las titulaciones de la Universidad Loyola.

  Reconocimientos de alumnos procedentes de Ciclos Formativos de Grado Superior

Reconocimiento y transferencia de créditos

Se tomará como referencia para esta valoración las indicaciones presentes en la Normativa Académica General de la Universidad Loyola sobre reconocimiento y transferencia de créditos. A partir de esta se estudiarán los programas de las asignaturas cursadas previamente por el estudiante comparándolos con los programas de las asignaturas de la Facultad.

Pruebas de ingreso

La prueba de admisión para estudiar en la Universidad Loyola está compuesta de dos partes: prueba de aptitud y prueba de nivel de inglés. Con ellas se pretende obtener el perfil del candidato que solicita su admisión a un grado o doble grado.

En el resultado global para ser admitido se valorará, además de la prueba de admisión, el expediente académico de los estudios realizados que dan acceso a la Universidad.

Resolución

Realizadas las pruebas de ingreso a la Universidad Loyola, la nota correspondiente a cada solicitud se calculará de la siguiente forma:

  • Evaluación del expediente académico: 65%.
  • Evaluación de las pruebas de admisión: 35%.

Los candidatos serán admitidos según el orden establecido por las notas ponderadas obtenidas. De cualquier forma, la admisión final para cursar el grado o doble grado y la realización de la correspondiente matrícula estarán condicionadas a que el candidato cumpla los requisitos académicos para el acceso a la Universidad.

Para más información sobre la solicitud de admisión a un grado o doble grado, consulta en este enlace.

Normativa de acceso y admisión

¿Quieres estudiar con nosotros?