Tesis Doctoral | Universidad Loyola Andalucía

Sistema de Garantía de Calidad 

Descarga aquí el Sistema de Garantía de Calidad del Título (SGCT) del Máster en Métodos de Investigación en ciencias Económicas y Empresariales.

 

 

Calendario de implantación del título

 

La implantación del plan de estudios de Máster se inició en el curso 2016-2017, en el Campus de Córdoba.

 

 

Planificación de la enseñanza 

Estructura general del Plan de Estudios

 

2016/2017 Carácter Módulo Créditos ECTS
Teorías y conceptos innovadores en investigación social OBLIGATORIA 1 4
Ética de la Investigación OBLIGATORIA 2 4
Teorías del desarrollo, la inclusión y la pobreza OBLIGATORIA 1 4
Concepto y medición de la pobreza, la inclusión y el desarrollo OPTATIVA 1 4
Responsabilidad social y sostenibilidad OPTATIVA 1 4
Economía e innovación social como mecanismo de inclusión OPTATIVA 2 4
El enfoque de derechos para un desarrollo humano, inclusivo y sostenible OPTATIVA 1 4
Cooperación y educación para el desarrollo OPTATIVA 2 4
Desarrollo sostenible: concepto, indicadores, y principios prácticos y operativos OPTATIVA 1 4
Gobernanza, políticas públicas y sociales OBLIGATORIA 1 4
Desarrollo Rural Territorial, sector agropecuario y sostenibilidad ambiental OBLIGATORIA 1 4
Regionalismo y desarrollo OPTATIVA 2 4
Métodos de investigación cuantitativo OBLIGATORIA 1 4
Análisis multivariante aplicado a las ciencias sociales OPTATIVA 1 4
Métodos de investigación cualitativa OPTATIVA 1 4
Modelos Multisectoriales y Matrices de Contabilidad Social OPTATIVA 2 4
Modelos de análisis coste-beneficio del impacto financiero, económico, social y medioambiental OBLIGATORIA 2 4
Métodos de seguimiento y evaluación de instituciones, políticas y proyectos OPTATIVA 2 4
Trabajo Fin de Máster OBLIGATORIA  16

 

Información de las asignaturas - guías docentes

Las Guías Docentes nacen ante la necesidad y con el objetivo de ofrecer a los alumnos una información más adecuada y completa, que les oriente, informe y ayude a planificar su formación. Las guías docentes de las asignaturas recogen la siguiente información: carácter de la asignatura (básica, obligatoria u optativa), créditos ECTS, equipo de profesorado, competencias, contenidos y bibliografía recomendada, metodologías enseñanza-aprendizaje, actividades formativas y sistemas de evaluación y calificación.

Puede acceder a las guías docentes a través del siguiente enlace

Información sobre horarios, aulas y exámenes

Puede acceder a la información a través de los siguientes enlaces:

Prácticas profesionales

No aplica

Trabajo Fin de Máster-TFM

Atendiendo al art. 12.7 del Real Decreto 1393/2007 en el que se establece que el Trabajo de Fin de Máster deberá realizarse en la fase final del plan de estudios y estar orientado a la evaluación de las competencias asociadas al título, se han establecido las siguientes condiciones para defender el Trabajo de Fin de Máster, el estudiante debe haber superado el 100% del resto de los créditos del Máster. Puede acceder a la guía docente del Trabajo Fin de Máster a través del siguiente enlace

Coordinación docente horizontal y vertical

La coordinación docente es uno de los elementos esenciales en el Espacio Europeo de Educación Superior facilitando el buen desarrollo del crédito ECTS y la mejora de los procesos de enseñanza-aprendizaje. La diversidad de áreas de conocimiento, materias y asignaturas que participan en la formación del alumnado, unida a los diferentes grupos en los que se organiza la docencia y el elevado número de profesores que intervienen en el proceso, exigen una estructura de coordinación bien definida que contribuya a dar coherencia y unidad al proceso de formación del alumnado.

Por este motivo se establece una estructura de coordinación docente en diferentes niveles para los títulos de Máster:

1. Dirección Académica del Programa Máster. Responsable máximo del título, encargado de velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la titulación en general. Se encuentra en permanente contacto con los coordinadores de asignatura y con la Dirección Ejecutiva del programa Máster. Es un profesor que imparte docencia en el título correspondiente. Es nombrado por el director de la Escuela de Postgrado. Su principal labor es la coordinación de la actividad docente del programa Máster. La labor de coordinación se concreta en las siguientes tareas:

• Realizar una evaluación continuada del plan de estudios del máster, con objeto de detectar y resolver las posibles disfunciones.

• Analizar y evaluar anualmente las competencias de los titulados. La dirección del máster se reúne al menos dos veces al año con la Dirección Académica de la Escuela de Doctorado para el análisis de las competencias asignadas a cada materia con el título, revisión.

• Recibir los informes de los Coordinadores de Asignatura. Se reúne con ellos al menos dos veces por curso académico para la revisión de Guías Docentes (contenidos, sistemas de evaluación y evaluación de competencias y resultados de aprendizaje) y de las actividades académicas desarrolladas (tipo, ECTS, organización temporal, resultados de aprendizaje) y para coordinar el calendario previsto para las prácticas, trabajos y otras actividades programadas que comportan a los estudiantes trabajo fuera del aula.

• Elevar informes a la Dirección Académica de la Escuela de Doctorado sobre los recursos, reclamaciones y otras peticiones de los estudiantes de las titulaciones sobre temas propios de las mismas.

• La Dirección Académica del Máster podrá recibir las demandas del alumnado sobre la coordinación de actividades y la carga de trabajo. Para ello se reunirá al menos una vez al semestre con el representante del alumnado del curso correspondiente.

• Transmitir las demandas del profesorado y alumnado del curso.

• Formar parte de la Comisión de Garantía de la Calidad del Título.

• Elevar anualmente a la Dirección de la Escuela de Doctorado un informe sobre la marcha de la titulación.

2. Coordinación de asignaturas. El coordinador de asignatura es el responsable de elaborar las Guías Docentes asegurando el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el título y de realizar el seguimiento del plan docente, coordinar y supervisar los Guiones de aprendizaje de cada una de las sesiones, distribuir adecuadamente los contenidos, evitar su solapamiento y detectar deficiencias. Está en permanente contacto con la Dirección Académica del Máster. La labor de coordinación se concreta en las siguientes tareas:

• El coordinador se reúne antes del comienzo del curso con el equipo de profesores de la asignatura para la planificación de las actividades propuestas en las Guías Docentes. En estas reuniones se concretará la planificación temporal de contenidos, así como los resultados de aprendizaje previstos, actividades programadas para adquirirlos y forma de evaluación de los mismos.

• El coordinador velará por el desarrollo de las actividades formativas necesarias para la adquisición de los correspondientes resultados de aprendizaje.

• Realizar un informe sobre el desarrollo de la asignatura. Este informe se remitirá a la Dirección del Máster.

Información específica sobre los programas de movilidad, si procede. Publicación de convenios tanto para estudiantes propios como de acogida

La Universidad Loyola, consciente de que la internacionalización de sus actividades es una forma de desarrollar la dimensión europea y mundial de la educación; de formar hombres y mujeres abiertos a otras culturas y de colaborar en la diversificación y en la vinculación cultural de la facultad con la sociedad de su entorno, la concibe como una de las acciones a potenciar en su planificación estratégica. Con ello, se favorecerá el intercambio de docentes y de estudiantes, se fomentará el intercambio de conocimiento y experiencias de los distintos sistemas educativos, se promoverá la comunicación entre instituciones de educación superior, se desarrollarán competencias y habilidades que favorezcan la dimensión internacional del currículo y se incrementará la expectativa laboral de los estudiantes.

La Universidad Loyola, a través del Servicio de Relaciones Internacionales, tiene como objetivo crear las condiciones apropiadas para promover y facilitar la movilidad de sus estudiantes, de su personal docente investigador y de su personal de administración y servicios.

Existen programas de verano ofrecidos especialmente para nuestro alumnado de máster.

Consultar oferta

Información específica sobre el personal docente e investigador vinculado a cada asignatura

 

Personal Docente
AsignaturaCurso 14/15Curso 15/16
   
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     

 

Recursos materiales disponibles asignados

Información sobre los Campus de Sevilla y Córdoba.

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Acceso

Información previa a la matriculación


• Sistema de información para los estudiantes potenciales. La Universidad Loyola desarrolla a lo largo del año una serie de estrategias de comunicación destinadas al estudiante potencial de los programas de postgrado, cuyas acciones giran en torno a dos recursos fundamentales: el Servicio de Orientación e Información (en adelante SOI) y la página web, además de existir otras acciones de difusión reseñables.

• Servicio de Orientación e Información. La Universidad Loyola dispone de una oficina de atención al estudiante para personas interesadas en la oferta formativa de la Universidad. En este servicio se ofrece a los futuros estudiantes información personalizada de cada una de las titulaciones, plazos de entrega de solicitudes de admisión y cualquier tipo de información sobre las actividades programadas para el curso académico. Entre las actividades de difusión que se organizan desde este servicio, destacamos:

• Sesiones de información académica a estudiantes potenciales. En estas sesiones, representantes del servicio, presentan la Universidad Loyola, su modelo de enseñanza, las titulaciones que pueden estudiar e información detallada de los programas de postgrado.

• Carta de presentación a los estudiantes que van a finalizar su formación de Grado en la Universidad Loyola.

• Sesiones de información personalizada. Aquellos estudiantes que lo soliciten tienen la posibilidad de concretar una sesión de información personalizada en la que representantes del Servicio de Orientación e Información le acompañarán y ofrecerán personalmente toda la información que la persona solicite, además de visitar las instalaciones explicando cada uno de los espacios que se encuentran en la Universidad.

• Masterclass. Los estudiantes potenciales tienen la oportunidad de asistir a una presentación in situ de una clase del programa.

• La web de la Universidad. En la página web de la Universidad existe un enlace destinado a los futuros alumnos en el que se explica toda la información necesaria para conocer la Universidad, su oferta formativa y la comunidad universitaria antes de formar parte en ella.

• Otras acciones de difusión:

- Ferias de Educación. La Universidad Loyola lleva años participando en distintas ferias de educación de postgrado. Los asistentes reciben información de primera mano de los representantes del Servicio de Información Académica.

- Envíos de información a las personas interesadas. Todas las personas interesadas reciben documentación relativa a la Universidad, a su Escuela de Doctorado y las titulaciones que en ella se imparten, además de la programación de las actividades que desde el Servicio se organizan.

 Orientación durante el proceso de matrícula. Durante el proceso de matrícula el personal del SOI atiende personalmente, así como online, todas las dudas que surgen sobre el proceso de matriculación, documentación a aportar, etc. Al futuro estudiante se le entrega un documento de preguntas más frecuentes (FAQ), que además puede consultar en la página web.

 

Información dirigida a estudiantes de nuevo ingreso

• Jornadas de acogida a los nuevos estudiantes. Para facilitar la incorporación y adaptación del alumnado a la Escuela de Doctorado de la Universidad Loyola se celebrarán jornadas de acogida. El objetivo de las sesiones es facilitar el acceso al Centro, proporcionando consejos prácticos y técnicas concretas para aumentar la productividad y mejorar los resultados académicos. Se trata de una forma sencilla de solucionar los problemas a los que se enfrentan los estudiantes en la primera toma de contacto con el Máster Universitario. Por otra parte, es una forma dinámica y agradable de conocer tanto al profesorado como a los compañeros.

Del mismo modo, la jornada de acogida es una actividad que permite a los estudiantes conocer más a fondo la Institución en la que van a realizar sus estudios, así como todos los recursos a su disposición. Esta sesión es obligatoria tanto para estudiantes nacionales como extranjeros.

Las actividades realizadas en la sesión van orientadas a acercar la historia del Centro a los estudiantes de nuevo acceso para hacerles partícipes de nuestra tradición, presentar la página web de la Institución como fuente de información e instrumento de aprendizaje, presentar la plataforma virtual de trabajo, informar acerca de qué se espera del estudiante del programa Máster, informar de la estructura y programa académico del Máster, informar sobre las acciones de seguimiento a lo largo del Máster, informar acerca de los métodos de trabajo y sistemas de evaluación, informar sobre el claustro del programa e informar de los servicios de la Universidad Loyola y de la Escuela de Doctorado a su disposición y las personas de contacto para diferentes cuestiones.

A los estudiantes se les entrega un dossier de la institución con información de interés: documento de bienvenida, normativa académica, calendarios, horarios, etc.

Información sobre apoyo y orientación para los estudiantes una vez matriculados

Desde la Universidad Loyola entendemos la acción tutorial como una labor pedagógica encaminada a la tutela, acompañamiento y seguimiento del alumnado con la intención de que el proceso educativo de cada estudiante se desarrolle en las condiciones más favorables posibles. La pedagogía ignaciana que nos caracteriza enfatiza como uno de los principios generales el denominado "alumnorum cura personalis", definido por la atención individualizada a las necesidades del otro, destacando el respeto por sus circunstancias y preocupaciones únicas, así como por sus puntos de vista y talentos.

En este sentido, la Universidad desarrolla diferentes actuaciones que permiten la formación integral del alumnado.

• Programa de acompañamiento personal. "La pedagogía es el camino por el que los profesores acompañan a los alumnos en su crecimiento y desarrollo" (Pedagogía Ignaciana, 11). El programa de acompañamiento personal e individualizado del alumno desde el principio hasta el final de su formación tiene como objetivo fundamental ayudarle a construir su camino profesional, detectar sus carencias y sus fortalezas y orientarlo en el desarrollo de aquellas áreas más necesarias para su ejercicio profesional.

• Acciones para potenciar el desarrollo científico de los estudiantes. Durante la realización del Máster cada estudiante tendrá acceso a la información y a las actividades de investigación promovidas por la Universidad. A través de los tutores, los estudiantes que lo deseen podrán incorporarse a proyectos de I+D+i específicos en calidad de alumnos colaboradores.

• Acciones de promoción y desarrollo profesional de los graduados.

La Universidad Loyola ofrece sus servicios de orientación profesional al alumnado del programa Máster. En este sentido, la orientación profesional se hará principalmente por los siguientes medios:

• Las propias materias/asignaturas del Máster.

• La asignatura de Prácticas Profesionales. Para capacitar a los usuarios de una mayor competencia profesional, la Universidad tiene establecidos lazos de colaboración con numerosas empresas e instituciones públicas y privadas.

• El Servicio de Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad Loyola es uno de los principales instrumentos para apoyar la promoción y el desarrollo profesional de sus egresados/as. En este sentido, desde la institución se realiza un ingente esfuerzo de promoción a nivel empresarial e institucional, de tal modo que desde hace años son muchas las empresas e instituciones locales, regionales, nacionales e internacionales que confían en los servicios que ofrece. El Servicio facilitará el acceso a las fuentes de información del alumnado de los Programas Máster y los orientará en la construcción de un itinerario personalizado de inserción laboral.

Todos los egresados/as del los programas Máster por la Universidad Loyola tendrán acceso inmediato al Servicio de Bolsa de Trabajo cuyos objetivos principales son los siguientes:

- Facilitar el acceso al primer empleo a los recién titulados/as del programa.

- Ayudar a la promoción profesional de los antiguos/as alumnos/as con experiencia.

- Proporcionar a las empresas profesionales competentes a nivel personal y responsables en el plano social.

 

Información sobre sistema de transferencia y reconocimiento de créditos

En virtud del RD 1393/2007 y en la Normativa Académica General de la Universidad Loyola se establece el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos, en los términos dictados por el referido RD, que sustituye al sistema de adaptación y convalidación que rige en las titulaciones reguladas según ordenaciones precedentes.

El mismo RD 1393/2007, en su Artículo 6, dispone de forma imperativa que las Universidades elaborarán y harán pública su normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos, a fin de favorecer la movilidad de estudiantes.

Para dar cumplimiento a este precepto, a la vista de los criterios ya establecidos en la Normativa Académica General para las titulaciones de Máster y en el marco de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Loyola, realizados los trámites preceptivos, se aprobó la normativa en virtud del RD 861/2010, de 2 de julio, que establece en materia de reconocimiento de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales ordenadas según el RD 1393/2007, y que deben ser contempladas en el marco normativo que regula los estudios de Máster en nuestra Universidad.

Por estas razones, realizados los trámites preceptivos, a iniciativa del Vicerrector de Ordenación Académica, tras el informe preceptivo emitido por el Consejo de Gobierno, se DISPONE:

I. Disposiciones generales

Artículo 1. Ámbito de aplicación

La presente Normativa Específica para el Reconocimiento y Transferencia de créditos regirá en el conjunto de las titulaciones oficiales de Máster implantadas en la Universidad al amparo del RD 1393/2007 (modificado por el RD 861/2010), será de aplicación a partir del curso académico 2013-2014.

II. Reconocimiento de créditos

Artículo 2. Definición

Conforme a los términos en los que por RD 861/2010 queda establecido el Artículo 6.2 del RD 1393/2007, se entiende por reconocimiento la aceptación a aceptación por la Universidad Loyola de los créditos que, habiendo sido obtenidos por el estudiante en enseñanzas universitarias, oficiales o no oficiales, concluidas o no concluidas, en la Universidad Loyola o en otra universidad, así como en otras enseñanzas superiores oficiales, son computados en los estudios a los que accede a los efectos de obtención del título que corresponda.

Asimismo, la experiencia laboral o profesional también podrá ser reconocida en forma de créditos, computándose igualmente a efectos de obtención del título de Máster, siempre que dicha experiencia esté debidamente acreditada y relacionada con las competencias inherentes a dicho título.

Artículo 3. Efectos del reconocimiento

1. Por efecto del reconocimiento, el número de créditos que deban ser cursados y superados para la obtención de la titulación de destino deberá disminuir en la misma cantidad que el número de créditos reconocidos siempre que con éstos se cubra la totalidad de los créditos de la/s asignatura/s reconocidas.

2. En la resolución del reconocimiento constará de forma explícita el número y tipo de créditos ECTS que se le reconocen al estudiante y las asignaturas que por consiguiente no deberá cursar, al haberse acreditado que las competencias y conocimientos asociados a ellas ya han sido superados.

3. Las asignaturas reconocidas figurarán como tales en el expediente del estudiante, con la calificación que corresponda, si ha lugar, en aplicación de lo dispuesto en esta Normativa, y así quedarán reflejadas, en su caso, en el Suplemento Europeo al Título.

Artículo 4. Criterios generales de reconocimiento

1. El reconocimiento se fundamenta en la acreditación de las competencias y de los conocimientos asociados a la asignatura destino de reconocimiento, en su nivel de dominio y extensión de créditos. La similitud en el enunciado, contenidos y extensión de las asignaturas origen y destino del reconocimiento no constituyen elementos suficientes para proceder favorablemente al mismo.

2. El origen del reconocimiento serán las asignaturas o créditos superados en estudios universitarios oficiales o no oficiales, concluidas o no concluidas en la Universidad Loyola o en otra universidad, así como la experiencia laboral o profesional acreditada.

3. La unidad de destino del reconocimiento será la asignatura y, en su caso, se producirá la acumulación de créditos correspondientes a la materia y/o módulo a la que pertenezca.

4. La calificación de cada asignatura reconocida en razón de los créditos obtenidos en estudios universitarios oficiales o no oficiales, concluidas o no en la Universidad Loyola o en otra universidad será equivalente a la calificación obtenida en la materia o asignatura que ha dado origen al reconocimiento. En caso necesario, se realizará la media ponderada por créditos cuando varias materias o asignaturas conlleven el reconocimiento de una, o varias, en la titulación de destino.

5. Si la certificación aportada por el o la estudiante en su solicitud de reconocimiento contemplara únicamente calificación literal en la materia o asignatura objeto de la solicitud, a dicha calificación se asignará la calificación numérica estándar que corresponda, en aplicación de las Normas sobre calificaciones que rigen en esta Universidad.

6. Las asignaturas que resulten reconocidas en razón de la experiencia profesional o laboral acreditada no incorporarán calificación, por lo que sus créditos no computarán a efectos de baremación del expediente (Art. 6.3 RD 861/2010).

7. Los estudios universitarios extranjeros serán susceptibles de reconocimiento siempre que se acredite la oficialidad de los mismos o, en su defecto, el carácter oficial o acreditado de la universidad o institución de educación superior de que se trate.

8. Los estudios que se impartan mediante convenios establecidos con otras universidades, bien sean de movilidad o de formación conjunta, a efectos de reconocimiento se ajustarán a lo establecido en dichos convenios, salvo que contravinieran alguna de las estipulaciones de esta Normativa o no fueran acordes a las directrices establecidas en el RD 1393/2007. Por lo tanto, el reconocimiento de los créditos cursados en programas de movilidad, se regirá por el acuerdo previo establecido en el título de Máster correspondiente.

9. Los créditos cursados y superados por los y las estudiantes podrán utilizarse más de una vez para su reconocimiento en otras titulaciones; sin embargo, los que figuren en el expediente del estudiante como "reconocidos" –que, por lo tanto, no han sido cursados en la titulación en la que son objeto de reconocimiento - no podrán ser utilizados para posteriores reconocimientos.

10. El número de créditos reconocidos a partir de la experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15% del total de créditos que constituyen el plan de estudios.

11. No obstante lo anterior, los créditos procedentes de títulos propios podrán, excepcionalmente, ser objeto de reconocimiento en un porcentaje superior al señalado en el párrafo anterior o, en su caso, ser objeto de reconocimientos en su totalidad siempre que el correspondiente título propio haya sido extinguido y sustituido por un título oficial (Art. 6.4 RD 861/2010).

12. El conjunto de créditos reconocidos en una titulación no podrá exceder el 75 % del total de créditos exigidos para la obtención del título, a excepción de las situaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación de las tablas de adaptación que figuen en la Memoria de Verificación del título.

13. En el caso de títulos oficiales que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas, para los que el Gobierno haya establecido las condiciones a las que han de adecuarse los planes de estudio, se reconocerán automáticamente los créditos de los módulos y materias definidos en la correspondiente norma reguladora. En caso de no haberse superado íntegramente un determinado módulo o materia, el reconocimiento se llevará a cabo, según el caso, por materias o asignaturas, en función de las competencias y conocimientos asociados expresamente a las mismas.

Artículo 5. Criterios específicos de reconocimiento

1. Se podrán reconocer asignaturas, tanto obligatorias como optativas, a partir de la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos, bien a través de otras materias o enseñanzas de nivel similar cursadas por el estudiante o bien a través de la experiencia laboral o profesional acreditada, y los previstos en las asignaturas de la titulación que se cursa, o bien teniendo en cuenta su carácter transversal.

2. Las Prácticas Externas o Practicum que figuren con ese carácter en los planes de estudios universitarios oficiales podrán ser objeto de reconocimiento, en razón a su adecuación a las competencias exigidas en el título al que se accede, y en el número de créditos máximo establecido para éste.

3. Los Trabajos Fin de Máster, al estar orientados a la evaluación del conjunto de competencias asociadas al respectivo título, no podrán ser objeto de reconocimiento (Art. 6.3 RD 861/2010).

4. Los y las estudiantes que participen en programas de movilidad nacionales o internacionales suscritos por la Universidad Loyola, mediante los cuales cursen un periodo de estudios en otras universidades o instituciones de educación superior, obtendrán el reconocimiento que se derive del convenio académico correspondiente, acorde con las directrices establecidas en el RD 1393/2007.

Artículo 6. Competencia

1. La autoridad competente para actuar en materia de reconocimiento de créditos en la a Universidad Loyola es el Rector y, por delegación, el Secretario o Secretaria General de la Universidad. La gestión académica de los reconocimientos compete a la Comisión de Reconocimientos de Universidad.

2. La Comisión de Reconocimientos de la Universidad Loyola será nombrada por el Consejo de Gobierno a propuesta del Rector.

3. Las funciones de la Comisión de Reconocimientos serán:

a) Emitir informe sobre las solicitudes de reconocimiento presentadas por cada uno de los centros.

b) Crear las condiciones para que los y las estudiantes dispongan de la información necesaria para solicitar el reconocimiento.

c) Elaborar una base documental a partir de los informes emitidos, tanto en sentido favorable como desfavorable, con el fin de aplicar criterios equivalentes y mantenerla actualizada. En ellas se detallarán las asignaturas, origen y destino del reconocimiento, con sus créditos, los estudios y la universidad o centro superior en el que se cursó, así como los criterios de aceptación y conversión en créditos de la experiencia laboral o profesional aplicados.

d) Proponer las modificaciones y mejoras que se estimen necesarias dentro de su ámbito de actuación.

III. Transferencia de créditos

Artículo 7. Definición

Conforme a lo estipulado en el Artículo 6.2 del RD 1393/2007 y Artículo 6.6. del RD 861/2010, se entiende por transferencia de créditos la inclusión, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la Universidad Loyola o en otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

Artículo 8. Efectos de la transferencia

1. En la transferencia de créditos de titulaciones de Máster se trasladará la siguiente información referida a las enseñanzas de procedencia: la(s) Universidad(es), las enseñanzas oficiales de las que proceden y la rama de conocimiento a la que éstas se adscriben, en su caso, la denominación de las materias y/o asignaturas transferidas, el número de créditos, la calificación obtenida y el número de convocatorias consumidas, siempre que conste en la certificación pertinente.

2. En la transferencia de créditos de titulaciones reguladas por anteriores RD se incluirán las informaciones recogidas en la certificación académica oficial de los estudios cursados; y en la transferencia de créditos de titulaciones cursadas en universidades extranjeras las que consten en el certificado oficial expedido por la autoridad competente.

3. Los créditos transferidos serán incluidos en el expediente académico del estudiante y reflejados, en su caso, en el Suplemento Europeo al Título.

4. Los créditos transferidos no serán objeto de certificación al margen del expediente académico abierto con el nuevo ingreso en estudios de Máster.

Disposición final: Situaciones excepcionales

Las situaciones excepcionales no contempladas en los artículos anteriores serán resueltas por el Secretario o Secretaria General, previa presentación por el interesado o la interesada de la solicitud razonada y suficientemente justificada, siempre en el marco legislativo universitario.

Perfil recomendado para alumnado de nuevo ingreso
El perfil preferente en el caso del Máster Universitario en Investigación en Desarrollo Inclusivo y sostenible es el siguiente: titulados universitarios de las licenciaturas y grados del área de economía, Administración y Dirección de Empresas, Geografía y Gestión del Territorio, Relaciones Internacionales, Ciencias Políticas y Gestión Pública, Gestión y Administración Pública, Ciencias Empresariales, Estadística y Empresa, Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental, Ingeniería Forestal y del Medio Natural, Ingeniería Agrícola, Ciencias Ambientales, así como de otras titulaciones cuya actividad profesional tiene incidencia en el campo del desarrollo: informática, otras ingenierías, Marketing, etc.

Nivel mínimo de inglés B1

Requisitos de acceso y criterios de admisión
El acceso al Máster Universitario por la Universidad Loyola, de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, modificado por el artículo 9 del Real Decreto 861/2010, requerirá estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster.

Asimismo, podrán acceder los titulados procedentes de sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Secretaría General de la Universidad Loyola de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a las enseñanzas de Postgrado. Conforme a la legislación vigente, el acceso por esa vía no implicarán en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión la persona, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar estas enseñanzas de Máster.

  • Comisión de Admisiones del Máster

La Comisión de Admisiones estará compuesta por: el/la Vicerrector/a de Investigación de la Universidad, que la presidirá; el Secretario General de la Universidad, el Vicerrector de Ordenación Académica, el Director de la Escuela de Doctorado y un miembro del Personal de Administración y Servicios perteneciente al Vicerrectorado de investigación designado por el Vicerrector de Investigación, con voz pero sin voto.

Las competencias de la Comisión de Admisiones para los estudios de postgrado serán las siguientes: 

- Organizar el proceso en cada convocatoria, estableciendo los requisitos documentales necesarios, el calendario, los lugares de las pruebas, el precio de las mismas, etc.
- Definir, en su caso, las pruebas de admisión y sus contenidos.
- Evaluar, en su caso, los resultados de las pruebas.
- Proponer al Recto la lista de admitidos.

  • Proceso de admisión
El proceso de admisión y matrícula se lleva a cabo a través de Secretaria General de la Universidad.
 
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Datos de oferta y demanda de plazas e información de alumnado matriculado

Escuela de Doctorado (Campus Córdoba)

Plazas de nuevo ingreso ofertadas

Primer año de implantación: 20

Siguientes: 20

 

Información sobre curso de adaptación para titulados

No aplica

 


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