Ayudas y becas para estudiantes de grado
Las becas y ayudas al estudio de la Universidad Loyola se constituyen con los fondos propios de la Universidad. La Comisión de Ayudas decide la concesión de las ayudas al estudio dentro de los límites de la dotación económica disponible en cada curso académico para este concepto.
Estas ayudas pueden ser en forma de beca para asignaturas de primer y segundo curso (se entrega una cuantía a fondo perdido) o de préstamo para asignaturas de tercer y cuarto curso (la ayuda se devuelve una vez finalizados los estudios, a interés 0 para los estudiantes).
Convocatoria de Becas y Ayudas al estudio de grado. Curso 2024/2025 (Próximamente)
¿A quiénes van dirigidas?
Las ayudas al estudio de la Universidad van dirigidas a futuros estudiantes y también a estudiantes de las titulaciones oficiales de grado de la Universidad.
¿En que consisten?
Las ayudas al estudio de la Universidad consisten en una reducción del importe a abonar por las asignaturas matriculadas y que se fracciona en las mensualidades correspondientes.
¿Por cuanto tiempo se conceden?
Se conceden únicamente para un año académico y han de solicitarse nuevamente si se desea su renovación, acompañando a la solicitud la documentación que acredite la situación económica de la unidad familiar en cada año.
¿Qué documentación tengo que presentar?
Documentación de la unidad familiar:
- Fotocopia del DNI del solicitante y todos los miembros computables de la familia.
- Certificado de empadronamiento colectivo a partir de 1 de enero de 2024.
Documentación económica:
- Fotocopia completa de la Declaración o Declaraciones de la Renta, incluso complementarias, presentadas para el ejercicio 2023 de todos los miembros de la unidad familiar. Puede solicitarla a través de la web de la Agencia Tributaria
- En caso de no estar obligado a hacer la declaración a que se refiere el punto anterior, certificado de Imputaciones de Renta del ejercicio 2023 que puede obtenerse a través de la web de la Agencia Tributaria
- Los ingresos no sujetos a impuestos (pensión de orfandad, pensiones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, indemnizaciones por despido), y retribuciones inferiores al mínimo exento, deberán acreditarse con el certificado de la entidad pagadora correspondiente.
- Justificación de los ingresos procedentes de actividades económicas de cualquiera de los miembros de la unidad familiar. Modelo 100 o 200 según proceda.
- La situación laboral en desempleo, de cualquier miembro de la unidad familiar, deberá acreditarse mediante certificado del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) junto con el documento acreditativo de ser beneficiario o no de prestación por desempleo y en caso de recibirla, certificado de la cuantía de prestación.
- Cuando haya ascendientes que formen parte de la unidad familiar deberá aportar declaración de la renta en el caso de estar obligado a hacerla, certificado de imputaciones o certificado del importe de la pensión recibida expedido por el organismo correspondiente.
- Fotocopia de certificación bancaria del saldo medio del año anterior de cada una de las cuentas corrientes o libretas de ahorro o movimientos bancarios de los últimos 6 meses.
Bienes inmuebles urbanos o rústicos:
- Certificado de ámbito Nacional de todos los bienes inmuebles urbanos o rústicos de los que sean titulares cualquier miembro de la unidad familiar. En el caso de disponer de firma digital, se podrá realizar la consulta de forma gratuita a través de la Oficina Virtual del Catastro , en caso contrario puede obtenerse en la Gerencia Territorial del Catastro (Ministerio de Hacienda) (este certificado es obligatorio aun no apareciendo ningún bien registrado en el mismo en el caso de los progenitores del solicitante o si éste se declara independiente).
Independencia del solicitante:
- Los estudiantes que se declaren independientes deberán presentar el certificado de empadronamiento familiar (que deberá coincidir con el domicilio en el que el alumno resida durante el curso académico) y justificante de la titularidad o copia del contrato de arrendamiento en vigor, a nombre del alumno. Además, deberá acreditar mediante los certificados oficiales correspondientes que cuenta con los medios económicos suficientes.
En caso de separación o divorcio de los progenitores:
- La situación de separación o divorcio de los progenitores del solicitante debe acreditarse a través de la correspondiente sentencia de separación o divorcio. En el supuesto de percibir pensión de alimentos, copia del convenio regulador completo.
- En caso de custodia compartida, deberá incluirse a ambos progenitores y aportar la información económica de cada uno de ellos.
¿Cómo relleno la solicitud?
Si accedes por primera vez a la Universidad Loyola, tienes que tener en cuenta tu lugar de residencia:
Solicitud para estudiantes residentes en España (Próximamente)
Solicitud para estudiantes NO residentes en España (Próximamente)
Si ya estas en la Universidad Loyola y continuas tus estudios, accede al siguiente enlace:
Solicitud ayuda Loyola estudiantes renovación (Próximamente)
¿Cómo/dónde la presento?
- Estudiantes de nuevo ingreso: Por correo electrónico a la atención de la Unidad de Ayudas y Becas
- De forma presencial mediante cita previa en Secretaría General.
¿Cuándo puedo presentar la solicitud?
Plazo de presentación:
- Estudiantes de nuevo ingreso: Del 8 de abril al 26 de julio
- Estudiantes actuales/renovación: Del 1 al 26 de julio.
¿Cuándo recibo la resolución a mi solicitud?
La resolución de tu solicitud de ayuda la recibirás al correo elctrónico que has indicado en la solicitud, sólo si ya has sido admitido en la Universidad Loyola, en el plazo máximo de 10 días hábiles. Debes asegurarte de presentar toda la documentación necesaria, si te falta algún documento, desde la Unidad de Becas y Ayudas contactarán contigo a través de correo electrónico para indicarte los documentos que te faltan.
Para cualquier duda o aclaración en la tramitación de las ayudas Loyola, puedes solicitar información en el correo electrónico .