QUINTA Y SEXTA CONVOCATORIA

¿EN QUÉ CONSISTE UNA QUINTA CONVOCATORIA?
Los estudiantes dispondrán de un máximo de cuatro convocatorias de evaluación para superar cada asignatura. Agotadas estas, el estudiante podrá solicitar una quinta convocatoria: en esta convocatoria, la evaluación y la calificación serán realizadas por un tribunal de tres miembros designados por el Decano responsable de la titulación. La metodología y evaluación será similar a la contenida en la guía docente de la asignatura.

 

CUMPLO LOS REQUISITOS PARA UNA ASIGNATURA EN QUINTA CONVOCATORIA ¿QUÉ TENGO QUE HACER?

Un estudiante con una asignatura en quinta convocatoria deberá matricularse de la asignatura pero puede elegir presentarse a la convocatoria ordinaria o extraordinaria sin la necesidad de una notificación oficial. Sin embargo, se recomienda establecer comunicación con el profesor o profesora correspondiente para informar sobre la elección de convocatoria.

Los estudiantes que hayan agotado sin éxito las cinco convocatorias en alguna asignatura no podrán continuar los estudios en los que se encuentren matriculados excepto si el estudiante cumple la condición para acogerse a la sexta convocatoria.

 

¿EN QUÉ CONSISTE UNA SEXTA CONVOCATORIA?
Los estudiantes que hayan agotado sin éxito las cinco convocatorias anteriores podrán solicitar una sexta convocatoria de gracia al Rector en el curso siguiente. Para poder solicitar esta convocatoria de gracia, al estudiante debe quedarle para finalizar su titulación un número igual o inferior a 12 créditos, excluidos el TFG y las prácticas. Si el Rector decide tomar en consideración la solicitud, encargará la evaluación de la convocatoria de gracia a un tribunal, que evaluará al estudiante con las condiciones establecidas en la guía docente de la asignatura.


CUMPLO LOS REQUISITOS EN UNA ASIGNATURA EN SEXTA CONVOCATORIA ¿QUÉ TENGO QUE HACER?
Los estudiantes deben solicitarlo a través de una Solicitud General en la Secretaría General Virtual. Para llevar a cabo este procedimiento, es necesario acceder al portal utilizando las credenciales universitarias seleccionando el asunto "otros".

ANULACIÓN DE MATRÍCULA

Aquellos estudiantes que, por cualquier motivo, deseen anular su matrícula de la universidad Loyola deberán seguir los pasos que se indican a continuación.

SOLICITUD

Los estudiantes deben solicitarlo a través de una Solicitud General en la Secretaría General Virtual. Para llevar a cabo este procedimiento, es necesario acceder al portal utilizando las credenciales universitarias y seleccionar el trámite "anulación de matrícula".

¿TIENE ALGÚN EFECTO ECONÓMICO LA ANULACIÓN DE MI MATRÍCULA?

Los solicitantes de anulación de matrícula que presenten su solicitud antes del inicio oficial de las clases tendrán derecho de reintegro de la aportación realizada en matrícula siempre que sea una causa ajena a la decisión del solicitante. Una vez iniciadas las clases, no se devolverán ninguno de los importes abonados previamente.

En cuanto al importe de las mensualidades, la anulación de matrícula afectará al importe de estas a partir del mes siguiente desde la solicitud de la anulación, siempre que esta haya sido solicitada en el período establecido o haya sido concedida por la autoridad académica competente.

Si la solicitud de la anulación de matrícula se hiciera fuera del plazo establecido y fuera concedida, se devengará una cantidad en concepto de tasa de gestión extraordinaria de anulación de matrícula, que se establecerá para cada curso académico.

En ningún caso causarán baja las asignaturas de un cuatrimestre una vez iniciada la convocatoria oficial de evaluación, ni aquellas asignaturas en las que el estudiante se haya presentado a alguna de las convocatorias oficiales, debiendo hacer frente a los pagos correspondientes a estas.

CERTIFICADO PARA REALIZAR ESTANCIA ERASMUS

Para aquellos estudiantes que tienen la intención de participar en programas de movilidad, es necesario obtener un certificado que valide los estudios cursados hasta ese momento en nuestra universidad. Este documento sirve para solicitar la admisión en la universidad de destino durante el periodo de intercambio académico.

SOLICITUD
Para solicitarlo, es necesario acceder al portal de Secretaría General Virtual utilizando su usuario y contraseña de alumno/a de la universidad y realizar una solicitud general seleccionando el asunto "certificados".



CERTIFICADO DE SEGURO OBLIGATORIO Y/O VOLUNTARIO

El abono del seguro escolar obligatorio se realiza una vez el estudiante realizada el abono de su matrícula en cada curso académico. Tras esto, el estudiante podrá solicitar en virtud de la ley de 17 de julio de 1953 (BOE de 18 de julio), así como el R.D. 1633/1985, de 28 de agosto, por el que se fija la cuantía del mismo, un certificado en el que conste que es beneficiario del seguro escolar obligatorio.

Por otro lado, si el estudiante en su matrícula online ha solicitado el seguro voluntario, podrá solicitar el certificado que acredite que ha abonado las tasas correspondientes al seguro escolar ampliado.

SOLICITUD
Para solicitarlo, es necesario acceder al portal de Secretaría General Virtual utilizando su usuario y contraseña de alumno/a de la universidad y realizar una solicitud general seleccionando el asunto "certificados".